Tramos y tablas del IRPF 2026
Todas las cifras que usa la calculadora, en una sola página: escala de retención, mínimos personales y familiares y tipos de cotización a la Seguridad Social del ejercicio 2026.
Escala general de retención del IRPF 2026
Es la escala que aplican las empresas al calcular la retención de tu nómina. Es progresiva: cada tramo tributa a su propio tipo, y solo por la parte de renta que cae dentro de él.
| Base liquidable | Tipo estatal | Tipo autonómico de referencia | Total |
|---|---|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,50 % | 9,50 % | 19,00 % |
| De 12.450 € a 20.200 € | 12,00 % | 12,00 % | 24,00 % |
| De 20.200 € a 35.200 € | 15,00 % | 15,00 % | 30,00 % |
| De 35.200 € a 60.000 € | 18,50 % | 18,50 % | 37,00 % |
| De 60.000 € a 300.000 € | 22,50 % | 22,50 % | 45,00 % |
| Más de 300.000 € | 24,50 % | 22,50 % | 47,00 % |
Escalas autonómicas con tipos propios
Cada comunidad aprueba su propia escala, que se aplica al presentar la declaración de la renta. Dos ejemplos en los extremos:
| Base liquidable | Tipo autonómico |
|---|---|
| Hasta 13.362 € | 8,50 % |
| De 13.362 € a 19.005 € | 10,70 % |
| De 19.005 € a 35.426 € | 12,80 % |
| De 35.426 € a 57.320 € | 17,40 % |
| Más de 57.320 € | 20,50 % |
| Base liquidable | Tipo autonómico |
|---|---|
| Hasta 12.500 € | 9,50 % |
| De 12.500 € a 22.000 € | 12,50 % |
| De 22.000 € a 33.000 € | 16,00 % |
| De 33.000 € a 53.000 € | 19,00 % |
| De 53.000 € a 90.000 € | 21,50 % |
| De 90.000 € a 120.000 € | 23,50 % |
| De 120.000 € a 175.000 € | 24,50 % |
| Más de 175.000 € | 25,50 % |
Mínimos personales y familiares 2026
| Concepto | Importe anual |
|---|---|
| Mínimo del contribuyente | 5.550 € |
| Incremento a partir de 65 años | +1.150 € |
| Incremento a partir de 75 años | +1.400 € |
| Primer hijo | 2.400 € |
| Segundo hijo | 2.700 € |
| Tercer hijo | 4.000 € |
| Cuarto hijo y siguientes | 4.500 € |
| Adicional por hijo menor de 3 años | +2.800 € |
| Ascendiente mayor de 65 años a cargo | 1.150 € |
| Ascendiente mayor de 75 años a cargo | 2.550 € |
| Discapacidad del 33 % al 64 % | 3.000 € |
| Discapacidad del 65 % o superior | 9.000 € |
| Gastos de asistencia (movilidad reducida o ≥ 65 %) | +3.000 € |
Reducción por obtención de rendimientos del trabajo
- Rendimiento neto hasta 14.852 €: reducción de 7.302 €.
- Entre 14.852 € y 17.673,52 €: 7.302 € menos 1,75 × (rendimiento − 14.852 €).
- Entre 17.673,52 € y 19.747,50 €: 2.364,34 € menos 1,14 × (rendimiento − 17.673,52 €).
- A partir de 19.747,50 €: sin reducción.
Además, el Real Decreto-ley 5/2026 introdujo una deducción de hasta 590,89 € para rendimientos íntegros inferiores a 20.048,45 €, con la que el salario mínimo interprofesional de 2026 queda sin tributar.
Cotización a la Seguridad Social 2026
| Concepto | Trabajador | Empresa |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 4,70 % | 23,60 % |
| Desempleo (contrato indefinido) | 1,55 % | 5,50 % |
| Desempleo (contrato temporal) | 1,60 % | 6,70 % |
| Formación profesional | 0,10 % | 0,60 % |
| Mecanismo de Equidad Intergeneracional | 0,15 % | 0,75 % |
| FOGASA | — | 0,20 % |
| Total con contrato indefinido | 6,50 % | ≈ 32 % |
- Base máxima de cotización: 5.101,20 € al mes (61.214,40 € al año).
- Base mínima: 1.424,50 € al mes.
- Salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas (17.094 € al año) — ver evolución histórica y desglose.
- Cuota de solidaridad sobre el exceso de la base máxima: 1,15 %, 1,25 % y 1,46 % por tramos.
Cómo se aplica la escala, paso a paso
Mucha gente cree que, si su sueldo cae en el tramo del 30 %, paga el 30 % de todo lo que gana. No funciona así: cada tramo se aplica solo a la parte que cae dentro de él, y después la ley resta el impuesto que correspondería al mínimo personal y familiar (artículo 63 de la Ley del IRPF). Un ejemplo con la parte estatal de la escala, para una base liquidable general de 30.000 € y el mínimo del contribuyente de 5.550 €. La base liquidable no es el sueldo bruto: es lo que queda después de restar las cotizaciones, los gastos deducibles y las reducciones que te correspondan.
| Paso | Cuenta | Resultado |
|---|---|---|
| Primer tramo (hasta 12.450 €) | 12.450 × 9,5 % | 1.182,75 € |
| Segundo tramo (12.450 a 20.200 €) | 7.750 × 12 % | 930,00 € |
| Tercer tramo (20.200 a 30.000 €) | 9.800 × 15 % | 1.470,00 € |
| Suma de los tres tramos | 3.582,75 € | |
| Se resta la escala aplicada al mínimo personal | 5.550 × 9,5 % | − 527,25 € |
| Cuota estatal | 3.055,50 € (un 10,2 % de 30.000 €) |
La parte autonómica se calcula igual, pero con la escala que haya aprobado cada comunidad. Según el artículo 74 de la misma ley, si una comunidad no ha aprobado escala propia se aplica una escala complementaria. En la página del comparador por comunidades tienes un ejemplo de cómo cambia el resultado.
Si paso al tramo siguiente, ¿pierdo dinero?
No. Pasar de un tramo a otro solo hace que el euro adicional tribute a un tipo mayor, no todo lo anterior. Con los datos de la tabla: con una base de 35.200 € la cuota antes de restar el mínimo es de 4.362,75 € (2.112,75 € de los dos primeros tramos más 15 % de 15.000 €). Si la base sube a 35.300 €, esos 100 € adicionales tributan al 18,5 % y la cuota aumenta en 18,50 €. Una subida de sueldo nunca te deja con menos neto por haber cambiado de tramo.
Retención en la nómina y declaración de la renta
La escala de esta página es la que se aplica al calcular el impuesto. En tu nómina, la empresa no hace ese cálculo exacto: aplica un procedimiento de retención que regula el Reglamento del IRPF, con una escala propia y un tipo que se estima para todo el año. Por eso, al presentar la declaración, puede salirte a devolver o a pagar una diferencia. Lo explicamos con un caso real en la guía de cambio de trabajo y dos pagadores.
Fuentes
- Ley 35/2006 del IRPF, artículo 63: escala general del impuesto (BOE)
- Ley 35/2006 del IRPF, artículo 74: escala autonómica o complementaria (BOE)
- Reglamento del IRPF, Real Decreto 439/2007: retenciones sobre rendimientos del trabajo (BOE)
- Orden PJC/297/2026: normas de cotización a la Seguridad Social para 2026 (BOE)
Revisado el 27 de octubre de 2026.