Despido objetivo: cómo se calcula la indemnización de 20 días por año y su tope
Requisitos del artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores, preaviso, tope de 12 mensualidades y dos ejemplos con las cuentas a la vista.
Por Nicolás Escalante Contreras · Actualizado el 12 de octubre de 2026 · Cifras del ejercicio 2026
En un despido objetivo (por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, entre otras) la empresa debe poner a tu disposición, a la vez que te entrega la carta, una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con prorrateo por meses y un máximo de 12 mensualidades (artículo 53.1.b del Estatuto de los Trabajadores). Además tiene que darte un preaviso de 15 días. Aquí tienes los requisitos, dos ejemplos con cuentas y lo que la ley no dice.
Qué es un despido objetivo
El artículo 52 enumera cuándo puede extinguirse el contrato por causas objetivas. Entre ellas: la ineptitud conocida o sobrevenida del trabajador; la falta de adaptación a modificaciones técnicas razonables del puesto (con un curso previo y un mínimo de dos meses); las causas del artículo 51.1 cuando la extinción afecta a menos trabajadores que los umbrales del despido colectivo; y la insuficiencia de consignación en ciertos contratos de entidades sin ánimo de lucro financiados con fondos públicos. La antigua causa por faltas de asistencia (letra d) está derogada.
Los tres requisitos del artículo 53
- Carta por escrito con la causa.
- Indemnización puesta a disposición al mismo tiempo: 20 días por año, máximo 12 mensualidades. Excepción: si la causa es económica y la situación de la empresa no permite pagarla en ese momento, puede dejar de ponerla a disposición, haciéndolo constar en la carta; tú conservas el derecho a exigirla cuando la extinción tenga efecto.
- Preaviso de 15 días, desde la entrega de la comunicación hasta la extinción del contrato.
Durante el preaviso tienes derecho, sin perder retribución, a una licencia de seis horas semanales para buscar empleo.
Dos casos con 30.000 € brutos al año
Salario diario para el ejemplo: 30.000 ÷ 365 = 82,19 €. Una mensualidad: 30.000 ÷ 12 = 2.500,00 €, así que el tope de 12 mensualidades equivale a 30.000,00 €. En un caso real, el salario que cuenta lo concreta tu nómina, tu convenio o el juez.
| Caso | Años de servicio | Días (20 por año) | Cuenta bruta | Tope: 12 mensualidades | Se paga |
|---|---|---|---|---|---|
| A | 5 años y 3 meses | 105,00 | 8.630,14 € | 30.000,00 € | 8.630,14 € |
| B | 20 años | 400 | 32.876,71 € | 30.000,00 € | 30.000,00 € |
En el caso A la cuenta es 20 × 5,25 años = 105,00 días × 82,1918 = 8.630,14 €, por debajo del tope. En el caso B salen 400 días (32.876,71 €), pero el tope de 12 mensualidades limita el pago a 30.000,00 €.
Si no estás de acuerdo
La decisión extintiva se puede recurrir como si fuera un despido disciplinario (artículo 53.3), y el plazo para ejercer la acción es de veinte días hábiles (artículo 59.3). Es nulo, entre otros casos, el despido de personas durante las suspensiones por nacimiento o riesgo en el embarazo y el de las trabajadoras embarazadas desde el inicio del embarazo hasta el comienzo de esa suspensión (artículo 53.4). Si se declarara improcedente, la indemnización pasaría a ser la que explica la guía del despido improcedente (33 días por año).
Errores habituales
- Pensar que 20 días por año es lo que pagan siempre: en despido improcedente son 33.
- No contar la parte proporcional de los meses sueltos: se prorratea por meses.
- Olvidar que la indemnización debe ponerse a disposición a la vez que la carta, salvo la excepción por causa económica.
- Dejar pasar los veinte días hábiles para reclamar.
Qué hacer a continuación
Revisa la carta: causa, fecha de efectos y cifra de la indemnización. Si hay diferencias con tu cálculo, pide el desglose por escrito. Para ver cuánto es tu salario neto mensual, usa la calculadora de bruto a neto.
Fuentes
- BOE: Estatuto de los Trabajadores (texto refundido, RDLeg 2/2015), texto consolidado
- Artículos 52, 53 y 59.3 del Estatuto de los Trabajadores
Comprobado con las fuentes oficiales citadas el 12 de octubre de 2026. Las cifras pueden cambiar cada año: confirma siempre en la fuente oficial.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga en un despido objetivo?
20 días de salario por año de servicio, con prorrateo por meses y un máximo de 12 mensualidades (artículo 53.1.b del Estatuto de los Trabajadores).
¿Tiene que darme preaviso la empresa?
Sí: 15 días desde la entrega de la comunicación hasta la extinción del contrato, con licencia de seis horas semanales para buscar empleo.
¿Cuándo se paga la indemnización?
Debe ponerse a disposición al entregar la carta. Solo en el despido por causa económica puede dejarse de poner si la empresa no puede pagarla en ese momento, y se hace constar en la carta; la deuda sigue existiendo.
¿Se puede recurrir un despido objetivo?
Sí, como si fuera un despido disciplinario. El plazo de acción es de veinte días hábiles.